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Centro
Especializado
de Tecnificación
de Deportes
de Invierno
de Sierra Nevada

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, establece que le
corresponde a la Administración General del Estado, en colaboración
con las Comunidades Autónomas, procurar los medios necesarios para
la preparación técnica y el apoyo científico de los deportivas de
alto nivel.
Para llevar a cabo este cometido, y analizando la realidad deportiva
internacional, se hace necesaria la detección, selección y
seguimiento de deportistas que constituirán, posteriormente, las
selecciones españolas y nos representarán en los grandes eventos
deportivos.
Desde esta perspectiva, el Consejo Superior de Deportes pretende
coordinar los esfuerzos, tanto económicos como de gestión, que se
están realizando, en este sentido, tanto por parte del propio
Consejo como de las distintas entidades públicas (Comunidades
Autónomas, Entidades Locales, etc.) y las Federaciones Deportivas
Españolas, encaminadas a impulsar a los deportistas a conseguir sus
objetivos de alto nivel.
Con objeto poner en
práctica esta premisa, establece el funcionamiento de los Centros
Especializados en Tecnificación Deportiva, que persiguen los
siguientes objetivos:
-
Atender la especialización técnica de los deportistas desde sus
inicios, a temprana edad, y durante las diversas etapas de su
perfeccionamiento deportivo, en su ámbito territorial, hasta su
consolidación como deportistas de alto nivel.
-
Ayudar a compatibilizar la práctica deportiva con la formación
académica del deportista, con el claro objetivo de conseguir la
formación integral de los jóvenes deportistas.
-
Conseguir un proyecto técnico único, que pueda ser aplicado,
inicialmente, en las fases de tecnificación autonómica, y
posteriormente, en la alta competición nacional, en el que
colaboren las Federaciones Autonómicas y las correspondientes
Españolas.
-
La detección de promesas deportivas
Para desarrollar la actividad como CETD, se establecen unas
condiciones:
-
Unas instalaciones deportivas adecuadas para el entrenamiento
de deportistas de alto nivel, en todas aquellas modalidades en
que el Centro desarrolle Programas de tecnificación
-
Disponer de una residencia para deportistas, que se ajuste a
las necesidades de jóvenes que deben residir y estudiar en
ellas, durante todo el año.
-
Contar con un Centro de Medicina Deportiva que realice los
seguimientos adecuados para garantizar tanto la protección de la
salud de los jóvenes ante situaciones de especial esfuerzo, como
que los mismos dispongan del apoyo científico necesario para el
mayor progreso deportivo.
-
Unidades de apoyo a la docencia, que, en función del número de
deportistas en concentración permanente, pueden consistir en
Unidades Didácticas ubicadas en el propio Centro, profesores de
apoyo a la enseñanza en determinadas materias, Tutor de estudios
para seguimiento del rendimiento del estudiante y su relación
con el centro de Enseñanza, etc.
-
Disponer de una estructura que permita coordinar la parte
técnica, administrativa y económica de los programas que se
desarrollen en el Centro.
Usuarios:
-
Deportistas en concentración permanente, internos.
-
Deportistas en concentración permanente, externos (residentes en
la misma localidad o una muy próxima).
-
Deportistas en concentraciones periódicas que, en fines de
semana o periodos vacacionales, son seleccionados por sus
Federaciones Autonómicas o Españolas, para llevar a cabo pruebas
de detección de talentos o perfeccionamiento en grupo.
-
Concentraciones de las Selecciones Autonómicas o Nacionales.
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